CAPÍTULO III
PROCEDIMIENTO DE ADMISIÓN Y PÉRDIDA DE LA CUALIDAD DE LOS SOCIOS. DERECHOS Y DEBERES DE LOS MISMOS
Artículo 14
La pertenencia a la Asociación a título individual es voluntaria y se adquiere a partir de la solicitud escrita de admisión como miembro individual realizada por personas implicadas en la FSE y especialistas en formación, dirigida al Presidente de la Asociación. La permanencia en la Asociación estará sometida al cumplimiento de las condiciones que establezcan estos estatutos.
Asimismo se podrán admitir como miembros a comisiones de docencia, redes docentes de sociedades profesionales y a instituciones sanitarias acreditadas para la docencia de comunidades autónomas, aunque su voto para todos los efectos será individual.
Artículo 15
Los miembros ostentarán los derechos siguientes:
- Participar en las actividades de la Asociación.
- Asistir a las asambleas generales y todos los actos organizados por la Sociedad.
- Elegir y ser elegidos para cargos directivos conforme se describe en los artículos correspondientes.
- Recibir información periódica sobre la marcha de la Asociación.
- Ser informados acerca de la composición de los órganos de gobierno y representación de la Asociación y del desarrollo de sus actividades.
- Ser oído con carácter previo a la adopción de medidas disciplinarias contra él y ser informado de los hechos que den lugar a tales medidas, debiendo ser motivado el acuerdo que, en su caso, imponga una sanción.
- Impugnar los acuerdos de los órganos de la Asociación que estimen contrarios a la ley o sus estatutos. La impugnación se realizará mediante escrito dirigido a la Comisión Permanente que contestará por escrito su resolución en el plazo máximo de 3 meses.
Artículo 16
Los socios tendrán las obligaciones siguientes:
- Compartir los objetivos de la Asociación y colaborar para la consecución de los mismos.
- Cumplir las obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias.
- Mantenerse al día en el pago de la cuota que establezca la Asamblea General.
- Asistir y participar en la medida de lo posible en las asambleas generales y demás actos que se organicen.
- Desempeñar, en su caso, las obligaciones inherentes al cargo que ocupen.